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La vida laboral actual constituye un ritmo acelerado, exigencia alta y constante presión, lo que puede generar un impacto en la salud mental de las personas trabajadoras. Los principios del derecho laboral buscan proteger al trabajador  son: principio protector, irrenunciabilidad laboral, primacía de contrato realidad, continuidad laboral y sus 6 manifestaciones, razonabilidad, buena fe, principios cristianos de justicia social y otros. (Amador, 2024)

Aunado a esto, las garantías sociales constitucionales, el Código de Trabajo, y normas especiales que protegen al trabajador de distintos eventos, como riesgos laborales, evidencian lo acuerpado que este se encuentra en asuntos que preocupan y ocupan al trabajador en cuanto a su saludo, pero a pesar de todo eso, la pregunta que nace ahora es: ¿Por qué parece que existe una crisis de salud mental en el entorno laboral actual?

Esta pregunta, planteada desde una presunción y sin sustento estadístico, pero en uso de la frase atribuida a Julio César, ‘‘no tengo pruebas, pero tampoco dudas’’ de la crisis de salud mental actual. Por ejemplo, al hablar con distintas personas trabajadoras de diversos sectores podemos constatar las recurrentes manifestaciones de su salud mental en razón del trabajo, que se podrían identificar con el concepto definido por la psiquiatra Freudenberger (1974) como ‘‘burnout’’.

El Doctor en Medicina General, José Pablo Marchena (2024), quien ha tenido cercana relación con la atención de trabajadores con estas dolencias, aporta que: ‘‘(…) cada vez hay aumento de consulta relacionadas a problemas agudos y crónicos que tengan relación con el trabajo (…) infelicidad (…) sensación de estancamiento (…) que esté trabajando por una necesidad más que por una pasión (…)’’. Aunado a esto hay otras expresiones más obvias como: ‘‘(…) dolores de cabeza, dolores abdominales, sensación de desmotivación, insomnio, hipersomnio, negación (…) eso se llama somatización (…) se presentan síntomas físicos asociados a un cuadro de estrés crónico en la parte física (…) En la parte emocional pueden entrar en depresión, ansiedad. En la parte académica y mental puede haber pérdida de atención, irritabilidad, dificultad para comunicarse con los demás, problemas en el hogar y compañeros de trabajo’’.

Realmente la normativa costarricense no se comporta ajena a esto, y en el artículo 193 del Código de Trabajo, obliga a los patronos, en el sector público y privado, a que aseguren a sus trabajadores contra riesgos del trabajo, por medio del INS. Sin embargo, al hablar de un seguro o póliza, es decir, un contrato aleatorio que atenderá un hecho eventual, es indudable que no se habla de una medida preventiva. Además, es reprochable al Estado que intervenga únicamente en situaciones irreparables, como por ejemplo lo establece en su artículo 250, que reza que: ‘‘Si como consecuencia de un riesgo del trabajo, el trabajador quedare con enajenación mental, las prestaciones en dinero que le correspondan serán pagadas a la persona que conforme al Código Civil o de Familia lo represente. Igual regla regirá para los causahabientes del trabajador que falleciere, que sean menores de edad o enajenados mentales’’.

 

Sin embargo, el Estado no es el único responsable a nivel moral de estas situaciones con la labor de legislar y regular estos aspectos. La responsabilidad de garantizar un ambiente laboral saludable recae en todos los actores involucrados; y sin establecer ningún orden de jerarquía de los responsables, se plantea lo siguiente:

 

Los patronos, públicos o privados, deben crear un ambiente de trabajo seguro y saludable, implementando medidas y programas de bienestar mental que mejor se adapten, para ello deben investigar y auditar a lo interno. En enseñanzas del curso ‘‘Políticas y Prácticas Modernas en Gerencia y RRHH’’ de Frankfort Academy, se hacía referencia a un agente o director de felicidad dentro de las organizaciones, quien procura que el ambiente laboral se maximice, que analice y meda el bienestar entre las labores dentro de la jornada laboral y la vida de las personas, junto con el desarrollo y la evaluación de desempeño, a favor del trabajador y del patrono; lo cual no son incentivos económicos necesariamente, ni sindicatos ni más órganos paralelas en la relación laboral, sino, una manifestación directa de beneficios para el trabajador recompensado con mejor desempeño a favor del patrono; algunos llaman esto como salario emocional.

El Estado, quien fortalece las políticas públicas para la promoción de la salud mental laboral, iniciando con la creación de programas de prevención y de atención en esa materia. Actualmente existen esfuerzos a través del Consejo de Salud Ocupacional, quienes trabaja en distintos asuntos al respecto y vale la pena apoyar para que llegue a un mayor número de personas.

Los trabajadores, en calidad de sujetos pasivos, quienes a la vez deben estar atentos a sus derechos y obligaciones, de forma preventiva, que les permitan mantener una salud equilibrada, además buscar ayuda profesional o diversos grupos de apoyo cuando la necesiten. Deben contribuir con ellos mismos y recibir los esfuerzos que realicen sus patronos y el Estado, aprovechando los programas o incentivos que se les ofrezca.

El modelo económico o sistema mixto es exigente y pone retos en el entorno, para ello, otros actores como clientes, proveedores, consumidores finales y cualquier otro con injerencia directa o indirecta en los entornos laborales, tienen responsabilidad de conciencia en que cada ser humano detrás de cualquier relación jurídica preexistente, debe actuar dentro del respeto a derechos y garantías individuales.

Sería desmesurado atribuir responsabilidad directa únicamente a determinado agente, porque se debe entender que detrás de todo patrono, trabajador, servidor público y cualquier otro actor: hay un ser humano, expuesto a todos estos males, y al ‘‘burnout’’, siendo así, la herramienta más eficiente a la que se puede apostar es la empatía.

Como medidas para un ambiente laboral saludable, de manera más pragmática, se puede abordar temas como:

  1. Comunicación: el documental ‘‘Trabajo tóxico – ¿Cuándo pierde sentido el trabajo?’’ (2024), muchas personas no quieren expresar sus sentimientos y fingen estar bien, aunque si quisiera ser honestos; sin embargo, para lograr fomentar una comunicación entre trabajadores y empleadores, se debe encontrar los espacios adecuados, donde se equilibren posiciones y ambos se beneficien. Esto no tienen que ser visto como interrupción del trabajo ni campo de batalla para reclamos, por lo tanto, la relación laboral tiene objetivos que aterrizan en la preservación del empleo y la actividad económica, siendo ambas posiciones muy importantes para la sociedad.
  2. Reconocimiento: valorar el trabajo bien hecho debe ser una forma de dignificar la labor. El documental antes citado, concluye diciendo: ‘‘las personas quieren contribuir al mundo y mejorarlo, si les dejas decidir por ti mismo es más probable que logren algo útil (…)’’. La mente de la persona trabajadora está proyectada en que más esfuerzo significa mayor reconocimiento, pero si este nunca llega, las sensaciones de ‘‘burnout’’ pueden empezar a manifestarse. Cita el especialista laboral, Marcos Amador (2024): ‘‘Los salarios suben en escalera y los precios en ascensor’’, pero la realidad económica pone esta situación cuesta arriba para todos. Con esto no se dice que la solución sea compensada en dinero, pero el equilibrio coherente, las oportunidades de formación y desarrollo profesional podrían ayudar.
  3. Equilibrio entre vida laboral y personal: aunque se quiera separar, los seres humanos no pueden vivir dos vidas ajenas, por lo que, en respeto a los derechos y garantías, lo que resulta viable es el equilibrio. Marchena (2024) asevera lo siguiente: ‘‘(…) el ser humano es integral y todo está relacionado, la parte física con la parte emocional, la parte emocional con la parte mental, la parte mental con el rendimiento (…) el síndrome burnout (…) si la persona intenta omitirlo, su cuerpo físicamente lo va a intentar expresar, eso se llama somatización (…)’’

Otras medidas son la ergonomía desde el punto de vista de salud ocupacional, programas de bienestar, épocas de ocio conforme lo ordena la ley y el derecho a desconexión en sistemas de teletrabajo y trabajo remoto, entre otros. Todos los temas y reflexiones abordadas tienen contenido valioso y de profundidad, tanto legal como de otras disciplinas: administración, psicología, medicina, trabajo social y cualquier otra con respaldo científico.

La salud mental en el ambiente laboral no se trata solo de un asunto legal o económico, sino que involucra más áreas que,  para gestionarla de manera efectiva, se necesita un enfoque colaborativo que involucre a todos los actores relevantes.

BIBLIOGRAFÍA:

  • Amador, M. (2024). Curso de DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PATRONOS Y TRABAJADORES.
  • DW Documental (2024, abril, 27). Trabajo tóxico – ¿Cuándo pierde sentido el trabajo? | DW Documental [YouTube] (https://www.youtube.com/watch?v=EgtUFFclM5U). DW Documental.
  • Frankfort Academy. (2024). Políticas y Prácticas Modernas en Gerencia y RRHH.
  • Freudenberger, H. J. (1974).
  • Marchena, J. P. (2024, 6 de mayo). [Respuestas a las preguntas sobre el burnout].


Lic. Joseph Sandí Gamboa
Abogado